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Friday, September 22, 2006

PARIS HILTON ... BEAUTIFUL ANY WAY


Paris Hilton admits her stupidity

Paris Hilton was questioned by the LAPD during the investigation into the home-invasion robbery of Girls Gone Wild producer Joe Francis (in which he was tied up, had his pants pulled down, was taunted by a dildo, and forced to admit on tape that he enjoyed gay sex) and in the audio tape admits she's not very bright:

"Like I really ... I don't remember. I'm not like that smart," Hilton said in police audio tapes set to air on "Dateline NBC" on Saturday night. LAPD Detective Steve Koman and Deputy DA Hoon Chun were asking Hilton to remember what she told Francis at a party shortly after the "Girls" mastermind was victimized on Jan. 24, 2004. Francis passed on Paris' information to cops, who eventually busted Darnell Riley. But when investigators pressed Hilton to recall her talk with Francis, she didn't remember much, The Post's David K. Li reports. "I like forget stuff all the time," she said.

Hilton also told the cops about "private tapes" that were stolen from her home and that a mysterious caller wanted money for them.

"They ... wanted money. They were tryin' to sell it to like a newspaper or something," said Hilton, who balked at paying - and chalked it up to advice from dear old Dad. "So if you pay somebody, then you're gonna be paying for the rest of your life," Hilton said. "My dad always taught me. They'll keep the tape anyway."

There's too much going on here. Joe Francis admitting he's gay and almost getting sodomized. Paris Hilton admitting she's mentally handicapped. Maybe if I throw in these pictures of her pumping gas your brain will explode from an overdose of pleasure. And then, my friends, my mission in life will be complete. For I am Exploderhead: the exploder of heads.

RODRIGO GONZALEZ FERNADEZ
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Thursday, September 21, 2006

Este es un ejemplo que hay que seguir

CIUDADANOS DEBEN DEMANDAR
EN CONJUNTO CON LOS MUNICIPIOS
 
Modelo de Ford
El estado de EE.UU. pide compensación por daños que causa en el ambiente la emisión de gases de los autos.
En Chile ya deberiamos tener demandas en contra de toodos los que contaminan
Rodrigo R. González Fernández
Director
 
MENTOR CHILE Consultores
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Tuesday, September 19, 2006

UN CONJUNTO DE BLOGS ESPAÑOLES MUY ENTRETENIDOS GUARDENLOS Y VEANLOS

Blogs
 
ENTRETENIDOS Y MUY BUENOS
La casulla de San Ildefonso

La casulla de San Ildefonso

Eclesialidad de la orientación homosexual

José Mantero

Predicar en el desierto

Predicar en el desierto

La nueva frontera de la cuestión social

Guillermo Juan Morado

Nido de poesía

Nido de poesía

¿Confesarse? Sí. Pero ¿cómo?

Nicolás de la Carrera

Infordeus

Infordeus

Los bosquimanos ponen un anuncio en 'Variety'

José Catalán Deus

Incluso

Incluso

Obra Social: Tú eliges, tú decides (mejor)

Iván Pino Zas

Gatopardo

Gatopardo

Señor Ratzinger ¿Me permite que le diga de usted?

Gatopardo

Bokabulario

Bokabulario

La izquierda añora al conde don Julián

Pedro Fernández Barbadillo

¡Que se mueran los feos!

¡Que se mueran los feos!

Faalinda 8 ½

Carla de Portugal

En cristiano

En cristiano

Bravo por Canal 9

Luis Javier Moxó Soto

Totalitarismo y terrorismo islámico

Totalitarismo y terrorismo islámico

El Gran Líder Supremo de Irán, ayatolá Jamanei, considera al Papa como el eslabón más reciente de la conspiración de la Nueva Cruzada

Doctor Shelanu

Lo pienso, lo escribo

Lo pienso, lo escribo

Aplaudir el maltrato

Alberto Ríos Mosteiro

El blog de las Iglesias Béticas

El blog de las Iglesias Béticas

Ramón del Hoyo pide oraciones y apoyo por el Papa ante "las injurias recibidas"

Juan Rubio Fernández

Ideas y debate

Ideas y debate

El Islamo-fascismo moderno

Miguel Ángel Benedicto

El Dorado

El Dorado

La Agencia EFE manipuló acerca de la manifestación contra los incendios

Javier Dorado

La Tercera Vía

La Tercera Vía

Es cobarde occidente?

Guillem Bertomeu

Herejías y Silencios

Herejías y Silencios

Mejor Coca Cola que Agua

Roderick Guzmán Meza

Oberón

Oberón

Estreno de 'La máquina de bailar'

Bosco Palacios

Con permiso

Con permiso

EL PAPA SE EQUIVOCÓ

Pedro de Hoyos

El reporter

El reporter

Islam absurdo y fascista

Pedro Avilés

Romances ultramodernos

Romances ultramodernos

Soneto nuevo a la mujer libre

Joaquín Martínez

Diario Independiente Digital

Diario Independiente Digital

Aborto, inmigración, sistema educativo

José María Martín Coronado

La bitácora de Juan Pablo Mañueco

La bitácora de Juan Pablo Mañueco

"Los servidores públicos" concretos que han de estar al servicio dependiente y bajo control de la ciudadanía (PODERES NATURALES)

Juan Pablo Mañueco

Electroduende

Electroduende

'59 segundos' regresa sin el PP y con novedades

Bosco Palacios

La cigüeña de la torre

La cigüeña de la torre

¿Tendremos un Papa manco?

Francisco José Fernández de la Cigoña

El Blog de Otramotro

El Blog de Otramotro

Carta abierta a Inés Artajo Ayesa

Ángel Sáez García

Dimes y diretes

Dimes y diretes

A la mañana siguiente

Eduardo Cassano

Poder y dinero

Poder y dinero

MEXICO PRODUCE DE TODO, PERO ES ESPECIALISTA DE ¡NADA!

Víctor Sánchez Baños

Cajatonta

Cajatonta

Mujeres, una serie española diferente en La Dos

Daniel Ruiz García

Santiablog Delgado

Santiablog Delgado

Requiem por una monja asesinada

Santiago Delgado Martínez

Protestantes

Protestantes

En favor del Papa de Roma

Pedro Tarquis

QUÉ TAL LOS VIERON, ¿LOS DELEITARON?

SALUDOS

RODRIGO GONZALEZ FERNADEZ
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MARTA SALAZAR DESDE ALEMANIA

MARTA SLAZAR ME ENVIA ESTA INTERESANTE NOTA DESDE ALEMANIA  , QUE OBVIAMENTE COMPARTO CON USTEDES.
 
Hola hola Rodrigo, oye, perdona off topic: leí en América Economía, esta noticia y me acordé de ti, la copio, porque no se puede leer la revista sin estar inscrito (gratis) y no sé si lo estás:

"Movimientos Ciberabogados

"Hugo Gallegos, Lima

"El estudio de abogados peruano Muñiz, Ramírez, Pérez-Taiman y Luna-Victoria apostó por elevar su competitividad con internet. Y lo han logrado. Considerado por la revista Latinlawyer como el primer bufete de Perú y el undécimo de América Latina, tiene la sexta página web del mundo en su rubro, según el portal legal e-iure.com. Con US$ 700.000 desarrolló una plataforma con página web, intranet y extranet, que le ha permitido reducir costos en 14% al año. La intranet conecta a 355 personas en cuatro oficinas en Perú y dos en Ecuador.

"Así, los abogados interactúan con colegas, clientes y áreas administrativas. A nivel de extranet, sus más de 600 clientes pueden acceder al estado de sus procesos legales en el campo de litigios (LitisSoft), su información sobre propiedad intelectual (IP Soft), y un diccionario jurídico (Perú Juris Index). También han desarrollado una estrategia de e-marketing para aumentar la fidelización de sus clientes con newsletters, remitidos de acuerdo a sus necesidades de información. “El empresario espera rapidez en la respuesta”, dice Jorge Muñiz, apoderado del estudio y padre de la legislación peruana en comercio electrónico".

Un saludo grande!

--
Posted by Marta Salazar to LACONSULTAJURIDICA - SANTIAGO - CHILE LA CONSULTA PREVENTIVA UNA NECESIDAD URGENTE: at 9/18/2006 03:22:15 AM

 

productividad & eficiencia en gestion de las personas

» Productividad y Eficiencia, la asignatura pendiente de la gestión de persona

 

Un trabajo de Pablo Fernández que comparto con Ustedes porque es muy interesante. Hoy mucho se habla de estos, de las organizaciones y el rol de las personas.  Veamos.

En los últimos tiempos, estamos viviendo un nuevo posicionamiento de la gestión de personas en las organizaciones. Este nuevo posicionamiento, se debe principalmente a que los directivos son cada vez más conscientes de la aportación de valor de las personas y se plantean la necesidad de profesionalizar la gestión de las mismas.

Una vez definida una estrategia, tenemos que planificar los aspectos operativos para conseguir los objetivos propuestos (tecnología, procesos eficientes, personas adecuadas).

El problema, es que en el área de gestión de personas no estamos acostumbrados a cuantificar el impacto negativo y las consecuencias de situaciones como (alta rotación, mala selección, promociones erróneas, desmotivación, poca eficiencia comercial, insatisfacción del cliente).

Cuando seamos capaces de cuantificar de una forma fiable estos impactos negativos y aportemos soluciones eficientes en tiempo, coste y resultados para la resolución de estos problemas, nos ganaremos el necesario posicionamiento estratégico de la función de gestión de personas.

Por supuesto que hay que empezar por los cimientos, es decir, conocer la estrategia de la compañía y alinear la gestión de personas para apoyar la misma.

Para conseguir un Alto Desempeño en nuestra organización y mejorar la productividad, competitividad e imagen de la misma, es necesario tomar decisiones acertadas con las personas, con lo que el conocimiento de las mismas y de los aspectos críticos que derivan en un Alto Desempeño, son factores absolutamente imprescindibles. Esto va unido a la calidad del management ya que el impacto de mismo es decisivo para la organización.

Recientes estudios de Harvard han determinado que para conseguir un Alto Desempeño en las organizaciones, no es suficiente considerar aspectos tradicionales (currículum, formación, trayectoria, referencias…), además de esta información que por supuesto debe ser considerada, los aspectos más relevantes para tomar decisiones acertadas son:

1. ¿Tendrá la persona capacidades para aprender lo que el puesto le va a exigir?

2. ¿Tendrá la persona las características de personalidad para trabajar sin fricciones al desempeñar las funciones?

3. ¿Tendrá la persona los intereses que le ofrece el puesto, de forma que al gustarle el mismo, dé lo mejor de si?

Estos factores implican que es la adecuación al puesto la que nos permite obtener un Alto Desempeño y que son factores que deberán ser analizados en la persona y en el puesto, contrastándolos.

Como resultado de este análisis, podremos realizar:

1. Un estudio para determinar que características derivan en un alto desempeño.

2. Establecer un perfil ideal para cada puesto que nos permita gestionar tanto la selección interna como externa.

3. Ayudar a los que tienen un Bajo o Promedio Desempeño a desarrollar los factores que llevan a tener un Alto Desempeño.

4. Realizar las promociones con un criterio objetivo.

5. Estudiar la compatibilidad de una persona con un puesto de mayor responsabilidad y ayudarla en factores críticos que necesite (formación y desarrollo orientada a necesidades reales).

La gestión de personas debe basarse también en criterios de eficiencia y operatividad, por lo que proyectos difíciles de gestionar y costosos son un claro riesgo para el desarrollo de nuestra función en las empresas (las malas experiencias dejan huella).

Si unimos una gestión integral de las personas con la cuantificación del impacto que conseguimos, tendremos al final la necesaria aportación de valor de la gestión de personas a las organizaciones y un posicionamiento estratégico.

Saludos

RODRIGO GONZALEZ FERNADEZ
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from legal blog watch

Legal Blog Watch

How Bob Dylan Shapes the Law

Does it ever seem that the answer to a legal problem is blowin' in the wind? Have you ever wondered how many roads you must walk down before you can call yourself a lawyer? Do you believe that Ruben Carter was falsely tried?

If so, you are not alone. An Oklahoma law professor's research on the use of song lyrics in legal writing found that the popular artist whose lyrics are most often cited in legal journals and judicial opinions is Bob Dylan, followed in rank by The Beatles, Bruce Springsteen, Paul Simon, Woody Guthrie, Rolling Stones, Grateful Dead, Simon & Garfunkel, Joni Mitchell and R.E.M.

The professor, Alex B. Long of Oklahoma City University School of Law, recently published his findings in an article, [Insert Song Lyrics Here]: The Uses and Misues of Popular Music Lyrics in Legal Writing. He writes that one Dylan lyric, "You don't need a weatherman to know which way the wind blows," has virtually become boilerplate in California appellate decisions discussing the need for expert testimony.

But one striking feature of the top-10 list, Long writes, is the absence of artists of color and the inclusion of just one woman. One portent of a shift in this trend is the increasing tendency of courts to cite hip-hop lyrics, he says. As an example, he offers a 2005 decision in which the 7th U.S. Circuit Court of Appeals was compelled to explain the difference between a "hoe" and a "ho." In so doing, it referenced the lyrics of rapper Ludacris, "You doin' ho activities with ho tendencies."

You will find an abundance of folk lyrics cited in legal writing, but not as many drawn from country or alternative music, Long says. Something else you'll find in abundance is the metaphor, sometimes mangled, sometimes not. There is the 5th Circuit case in which a man carrying cocaine on a bus was confronted with a drug-sniffing dog. Wrote the court:

[He] was thus forced to ask himself what The Clash famously asked two decades ago: "Should I stay or should I go now?"

And then there is this somewhat mangled example from an unpublished federal district court opinion:

The Beatles once sang about the long and winding road. This 1992 case has definitely walked down it, but at the ned of the day, the plaintiffs and their counsel were singing the Pink Floyd anthem "Another Brick in the Wall" after consistently banging their collective heads against a popular procedural wall -- Northern District of Illinois Local Rule 12 governing the briefing and submission of summary judgment motions.

Long concludes his review of lyrics in law with this advice:

There are most definitely risks in trying to work popular music lyrics into legal writing, but occasionally the attempt pays off in the form of more interesting and persuasive writing. So, be careful, but keep on rockin' in the free world.

[Via The Volokh Conspiracy.]

Posted by Robert J. Ambrogi on September 19, 2006 at 12:37 PM | Permalink | Comments (0)

The Lawyers Behind Lonelygirl

Last week's outing of lonelygirl15 quickly became the stuff of Internet legend. Rumors were already circulating that this YouTube favorite was a hoax when a reporter and his son broke the news on SiliconValleyWatcher that the supposed 16-year-old girl recording confessional videos in her bedroom was actually a 20-something actress named Jessica Rose. The next day, reporters Virginia Heffernan and Tom Zeller Jr. confirmed the story in The New York Times. To gauge the resulting uproar, you need only look to Google News.

Less well known is that father-and-son lawyers played key roles in this Internet melodrama, one in the creation of lonelygirl15 and the other in her outing. The son, Gregory L. Goodfried, a 2005 law school graduate and an associate with the Los Angeles firm Mitchell Silberberg & Knupp, was one of the video's three co-creators, all described by news reports as aspiring filmmakers. His two creative partners, Miles Beckett and Mesh Flinders, reportedly met at a party earlier this year and then joined with Goodfried to script and film the series of short videos.

When Goodfried got his father involved, the scheme began to unravel, not because of the father but because of sharp-eyed Internet sleuths. In August, Kenneth Goodfried, a lawyer in Encino, filed an application to trademark "Lonelygirl15." An astute fan picked up on the filing, and the news swept the Internet. From there, it was only a matter of time before fans uncovered the true identities of lonelygirl15 and her creators.

Posted by Robert J. Ambrogi on September 19, 2006 at 12:35 PM | Permalink | Comments (0)

Studying Law in Virtual 3-D

A new law school opened last week, although it has no bricks-and-mortar campus, charges no tuition and is open to anyone. Called The State of Play Academy, its classes take place in a multiuser virtual environment (MUVE), where students and teachers adopt avatars and meet on the campus of the University of There. This virtual academy has a very real dean, Lauren Gelman, associate director of the Stanford Law School Center for Internet and Society. As a matter of fact, you can attend one of Gelman's classes this week. Today and Thursday at 5:30 Pacific time, she is teaching Blogging and Liability, covering the statutory and First Amendment protections applicable to bloggers.

Other lecturers at the academy so far are Temple Law professor David Post and Colin Rule, a leading expert in online dispute resolution. The State of Play Academy is sponsored by New York Law School and is an outgrowth of the State of Play conference. Keep track of academy news at its blog.

The State of Play Academy is not alone in legal education's move towards MUVE. Harvard Law School this semester launched Law in the Court of Public Opinion, a live course for Harvard Law students that is also offered to the public in a MUVE format through Harvard Extension School. The course covers creation and delivery of persuasive argument via new media. It is taught by Harvard Law professor Charles Nesson, his daughter Rebecca Nesson and Gene Koo. Unfortunately, the MUVE course is full, but videos of the course are being posted online free for anyone to view, and photos of both the virtual class and the live one are available through flickr.

To enter the State of Play Academy's virtual world, you will need to download the software platform from There.com. A $10 upgrade version adds voice and audio. The academy's site provides more information. Harvard's program uses Second Life. Written instructions and a video tutorial on installing the software and creating your avatar are here.
 

Posted by Robert J. Ambrogi on September 19, 2006 at 12:29 PM | Permalink | Comments (0)

Where's Ben Cowgill? We Got Him

Upon reading Eugene Volokh's thoughts on whether New York's proposed advertising rules will make blogging too burdensome for lawyers, the anonymous editor at Blawg Review is prompted to ask, "Where's Ben Cowgill?", alluding to the author of the blog Ben Cowgill on Legal Ethics. Cowgill, the editor notes, played a central role in helping Kentucky's legal advertising commission arrive at a sensible policy on lawyer blogging.

I don't have the answer to New York's problems, but I do know where Cowgill is. He is our guest on this week's legal-affairs podcast Coast to Coast, where he and fellow Kentucky lawyer Steven M. Frederick discuss the ethical implications of lawyer advertising in the wake of the Kentucky crash of Comair Flight 5191. Also on the program is Motley Rice partner Robert T. Haefele discussing ongoing litigation arising out of 9/11.

Posted by Robert J. Ambrogi on September 19, 2006 at 12:24 PM | Permalink | Comments (0)

RODRIGO GONZALEZ FERNADEZ
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EL VATICA 6 EL ISLAM POLEMICA PELIGROSA

El Vaticano y el Islam
Peter Gould
BBC

Benedicto XVI

El furor que han causado las citas del Papa sobre el Islam, ha dejado a muchos católicos dentro y fuera del Vaticano sacudiendo sus cabezas con incredulidad.

Los asesores de Benedicto XVI están consternados por el hecho de que una cita usada para ilustrar un argumento filosófico haya provocado tanta furia en el mundo musulmán.

No obstante, para otros, el hecho ha enfatizado sus preocupaciones sobre la actitud del Papa en cuanto a las relaciones de la Iglesia Católica con el Islam.

El primer año de su papado pasó sin ninguna controversia, a pesar de que se encontraba planeando en silencio algunos cambios clave en la jerarquía del Vaticano.

Además, cuando Joseph Ratzinger fue elegido papa en el 2005, se asumió que seguiría de cerca las mismas políticas que su predecesor, Juan Pablo II.

Un punto de vista diferente

En muchos asuntos de la Iglesia, los dos hombres estaban en sintonía. Como el papa polaco, Benedicto XVI es un firme seguidor de las enseñanzas tradicionales de la iglesia.

Mujeres musulmanas protestan en Pakistán.
En el mundo musulmán las protestas no han cesado.

Pero en un asunto clave, los analistas del Vaticano detectaron un punto de vista diferente en los dos hombres: la actitud del Vaticano respecto al Islam.

Juan Pablo II quería acercarse a otras religiones y en el 2001, en una visita a Siria, se convirtió en el primer papa en ingresar a una mezquita.

Fue un gesto que intentó contribuir a poner fin a siglos de hostilidad y sospechas entre ambas religiones.

Sin lugar a dudas, Benedicto XVI quiere lograr mejores relaciones con el Islam, pero hay una importante condición previa que puede resumirse en una sola palabra: reciprocidad.

Ello significa que si los musulmanes quieren disfrutar de libertad religiosa en Occidente, entonces los católicos deben tener el mismo derecho a profesar su fe en estados islámicos, sin temer una persecución.

Mejorar el entendimiento

Una de las primeras señales de que la postura del Vaticano se está endureciendo llegó con la salida del arzobispo Michael Fitzgerald de las oficinas vaticanas.

El clérigo, nacido en el Reino Unido, estaba a cargo del departamento del Vaticano que se encargaba de promover el diálogo con otras religiones.

Además de ser un distinguido académico en asuntos árabes, era un experto en el mundo islámico.

La decisión de Benedicto XVI de quitarlo de su puesto y mandarlo a Egipto como nuncio apostólico, fue vista como una degradación.

Algunos incluso se preguntan si fue una decisión inteligente.

El padre Thomas Reese, un académico jesuita y una autoridad en los asuntos del Vaticano, le expresó sus preocupaciones a la BBC: "La peor decisión del Papa hasta ahora ha sido el exilio del arzobispo Fitzgerald", aseguró en una entrevista en abril pasado.

Si el Vaticano dice algo tonto sobre los musulmanes, la gente se morirá en algunas partes de África, se quemarán iglesias en Indonesia, sin contar lo que suceda en el Medio Oriente.
Padre Thomas Reese

"Él era la persona más inteligente en el Vaticano en cuanto a relaciones con los musulmanes. Uno no exilia a una persona como ésa, uno la escucha".

"Si el Vaticano dice algo tonto sobre los musulmanes, la gente se morirá en algunas partes de África, se quemarán iglesias en Indonesia, sin contar lo que suceda en Medio Oriente".

"Sería mejor para el papa Benedicto tener a alguien como Fitzgerald cerca de él".

La advertencia de aquel entonces, hoy parece profética.

¿Acaso nadie en el Vaticano anticipó que las palabras del Papa podrían sacarse de contexto y provocar una reacción como la que hemos visto?

Desde los ataques del 11-S en EE.UU., y la subsiguiente invasión a Irak, nadie ha tenido una sola duda acerca de la importancia de promover un mejor entendimiento entre los cristianos y el Islam.

La sensibilidad de los musulmanes sobre su religión fue clara el año pasado cuando se publicaron caricaturas sobre el profeta Mahoma en periódicos daneses.

Las caricaturas, difundidas después en varios países occidentales, causaron un gran enojo en las naciones islámicas, provocando protestas y actos de violencia.

Tarea desalentadora

El papa Benedicto ha hablado de la responsabilidad de los líderes religiosos para "trabajar en pro de la reconciliación a través de un diálogo genuino".

Arzobispo Fitzgerald
El arzobispo Fitzgerald estuvo a cargo del diálogo con otras religiones.

Su tarea ahora aparece más desalentadora que nunca, con la amenaza real de una respuesta violenta por parte de los extremistas del mundo islámico a lo expresado por el Papa.

Benedicto XVI ha dicho que lamenta que sus palabras hayan ofendido y eso podría de alguna manera tranquilizar a los musulmanes.

Con frecuencia, se argumenta que un diálogo real con el Islam requiere un debate abierto, incluso bajo el riesgo de provocar alguna ofensa esporádica.

Pero el Papa ahora está seguro de que sea cual sea el tema del que hable, sus palabras se escucharán alrededor del mundo por una audiencia lista para analizar el matiz de cada entonación.

Quizá tenga otra oportunidad para explicarse ante los musulmanes en noviembre, cuando está previsto que visite Turquía.

Mientras tanto, el Vaticano pensará más en las acciones y las palabras que se necesitan para promover mejores relaciones entre las dos religiones más grandes del mundo.

RODRIGO GONZALEZ FERNADEZ
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ATENCION NOTICIAS DE LOS BLOGS

Esta semana, en la blogosfera
CanalSolidario - Spain
Comercio, consumo, empresa, economía, responsabilidad social corporativa, márketing... ... Las bitácoras (o blogs, en inglés) son un tipo de página web de muy ...

ESTA SEMANA RECIEN PASADA YA DICTAMOS LA PRIMERA CHARLA DE BLOGS Y EMPRESAS EN SOFOFA - CHILE. RESULTO MUY BUENA Y YA NOS PIDIERON UNA SEGUNDA CADA CUAL PUEDE LLAMAR A SOFOFA Y PEDIR FECHA

 INFORMACIONES:
Teléfonos: (2) 673 3192 - 697 0137
Fax : (2) 698 7803

E-mail:
rsoto@fundacionsofofa.cl

 

Friday, September 15, 2006

THE WORLD IS TALKING - WE ARE LISTENING

'The world is talking - we're listening'
by Rachel Rawlins

Global Voices has grown dramatically over the past year thanks to our fantastic community of authors, supporters, editors and readers. We're working hard to make sure that the site is arranged in the best way possible - what we cover, how we do it and you read it.

 

So please - help us by answering our quick survey. Just click on the badge abovel It shouldn't take more than about five minutes to complete and all the information will help steer our future direction. And if you don't have time right now come back when you do - the badge and link will be in the sidebar for some time to give as many people as possible a chance to respond.

Thanks very much indeed -

The Global Voices Team

 

Fw: ENCUENTRO DE DERECHO Y TECNOLOGIAS

 
 
Encuentro de Derecho y Tecnologías


La Facultad de Derecho de la Universidad de Chile se complace en
invitarle al I Encuentro de Derecho y Tecnologías, a realizarse durante
todo el día 28 de septiembre de 2006 en el Aula Magna de nuestro
edificio de Pio Nono 1.

Este evento, que se realizará anualmente a partir de este año, es
gratuito y abierto para toda la comunidad nacional, y en el se
privilegiará la difusión y discusión de los temas y tendencias que
marcarán la pauta de las políticas públicas y privadas del año venidero.

Se realiza esta jornada en el marco del @LIS Day, esto es, una
iniciativa organizada en el marco del Programa @LIS de la Comisión
Europea que busca encontrar y promover las energías, ideas y
manifestaciones de interés en la colaboración Europa-América Latina para
resaltar la importancia de fortalecer los lazos de cooperación entre los
dos continentes hacia una Sociedad de la Información mas inclusiva y justa.

Para conocer el programa, expositores, formulario de inscripción y otras
informaciones de interés, visite nuestro sitio web
http://www.cedi.uchile.cl/primer-encuentro/


SE CERTIFICARÁ LA ASISTENCIA.


Te saluda muy cordialmente,

Carlos Reusser Monsálvez
Coordinador Académico
Centro de Estudios en Derecho Informático
Facultad de Derecho de la Universidad de Chile
http://www.cedi.uchile.cl
 
DESEAMOS TODO EL EXITO PARA ESTE EVENTO TAN IMPORTANTE QUE SE REALIZARÁ EN LA uNIVERSIDAD DE CHILE DESDE YA LO HEMOS COMENTADO EN LOS 36 BLOGS DE NUESTRA ORGANIZACIÓN
SALUDOS
 
RODRIGO GONZALEZ FERNADEZ
CONSULTAJURIDICA.BLOGSPOT.COM
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ENCUENTRO DE DERECHO Y TECNOLOGIAS

Encuentro de Derecho y Tecnologías


La Facultad de Derecho de la Universidad de Chile se complace en
invitarle al I Encuentro de Derecho y Tecnologías, a realizarse durante
todo el día 28 de septiembre de 2006 en el Aula Magna de nuestro
edificio de Pio Nono 1.

Este evento, que se realizará anualmente a partir de este año, es
gratuito y abierto para toda la comunidad nacional, y en el se
privilegiará la difusión y discusión de los temas y tendencias que
marcarán la pauta de las políticas públicas y privadas del año venidero.

Se realiza esta jornada en el marco del @LIS Day, esto es, una
iniciativa organizada en el marco del Programa @LIS de la Comisión
Europea que busca encontrar y promover las energías, ideas y
manifestaciones de interés en la colaboración Europa-América Latina para
resaltar la importancia de fortalecer los lazos de cooperación entre los
dos continentes hacia una Sociedad de la Información mas inclusiva y justa.

Para conocer el programa, expositores, formulario de inscripción y otras
informaciones de interés, visite nuestro sitio web
http://www.cedi.uchile.cl/primer-encuentro/


SE CERTIFICARÁ LA ASISTENCIA.


Te saluda muy cordialmente,

Carlos Reusser Monsálvez
Coordinador Académico
Centro de Estudios en Derecho Informático
Facultad de Derecho de la Universidad de Chile
http://www.cedi.uchile.cl
 
DESEAMOS TODO EL EXITO PARA ESTE EVENTO TAN IMPORTANTE QUE SE REALIZARÁ EN LA uNIVERSIDAD DE CHILE DESDE YA LO HEMOS COMENTADO EN LOS 36 BLOGS DE NUESTRA ORGANIZACIÓN
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RODRIGO GONZALEZ FERNADEZ
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GRANDES NOTICIAS SOBRE BLOGS

nOTICIAS SOBRE BLOGS Y MEJORAS TECNOLOGICAS.tODOS LOS DÍAS ALGO PASA EN EL MUNDO DE LAS TECNOLOGIAS, EN LA BLOGOSFERA.

Nace Telezapatero, sólo en Internet
elmundo.es - Spain
... Y, tras constatar el éxito de blogs, foros y demás comunicaciones 'on line', el ... De la gestión se encarga la empresa Vivocom -que lanzará en España un ...

Google Earth suma vídeos, fotos y "blogs" de defensores del medio ...
Pilu.com - USA
La empresa incluirá estos elementos para ofrecer imágenes por satélite de ... Earth agregará a su servicio vídeos, fotografías y "blogs" de instituciones ...
Ver todos los artículos sobre este tema

Lanzamiento oficial de Windows Live Search
Noticiasdot.com - Spain
... de pruebas. Según la empresa, Live Search unifica las búsquedas web, noticias, imágenes, blogs y feed RSS en un solo servicio. ...
RODRIGO GONZALEZ FERNADEZ
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Thursday, September 14, 2006

CHILE IMPORTANTE PAÍS PARA INVERTIR

País chile
CHILE

SALUDOS RODRIGO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ

 

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NSULTAJURIDICA.BLOGSPOT.COM

BLOGGER NO RESPONDE POR MAL SERVICIO.

Como hacer para que blogger revise blogs que están en mal funcionamiento . Las máquinas no responden   Pregunto a la red.
 
Consultajuridica.blogspot.com
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MARJURIDICO.BLOGSPOT.COM
 
Alguien tiene que responder 
Saludos Rodrigo González Fernández.
 

 

Equipo de Areajurídica.Boletin

Boletín del 25 de agosto al 07 de septiembre

Jurisprudencia de Corte Suprema, Cortes de Apelaciones y algunas noticias relevantes de la semana.

Civil

Recurso de Casación en el fondo rechazado. Juicio ordinario de indemnización de perjuicios. Se señala, que la sentencia recurrida no demostró como un hecho de la causa el que la demandada, haya actuado en la calidad de fabricante, proyectista y constructor. Al contrario, estableció que su participación fue la de un promotor inmobiliario actividad que no es la que se indica en la norma aludida. Tampoco se alcanza a demostrar la identidad de un promotor inmobiliario con las calidades que se señalan en los artículos 2003 regla 3ª; 2000 N°3 y 2004 del Código Civil.

Recurso de Casación en el fondo rechazado. Juicio de arrendamiento. Al ser la demandante una empresa autónoma del Estado y persona jurídica de derecho público, con patrimonio propio e independiente del Fisco, se rige en su actividad económica por la legislación común; luego le son aplicables a sus bienes inmuebles las normas de la ley 18.101.

Casación en la forma de oficio. Juicio ordinario de cumplimiento de contrato. Prescripción. Que la sentencia de que se trata no analizó ni ponderó la circunstancia de que la prescripción, de la deuda y los intereses cobrados, se interrumpió civilmente por otras acciones que impetró la actora en contra del demandado.

Recursos de Casación en la Forma y en el Fondo rechazados. Juicio Ordinario de Indemnización de Perjuicios. Artículos 16 inciso final del Código Civil, 104 y 113 del Código de Comercio, 184, 185, 186 y 187 del Código Orgánico de Tribunales, entre otros. En lo relativo a las normas que regulan el mandato, el recurrente nada ha dicho de cómo se aplicaron y como debieron ser aplicadas.

Recurso de Casación en el Fondo acogido. Juicio ordinario de resolución de contrato e indemnización de perjuicios. Error de derecho al considerar que la dictación de la ley Nº 19.791 constituiría un caso fortuito o fuerza mayor que hacía inimputable el incumplimiento de la demandada de la obligación de pagar la renta, dejando sin aplicación la ley del contrato, el pacta sunt servanda contenido en el artículo 1545 del Código Civil.

Recursos de Casación en el Fondo y en la Forma rechazados. Juicio Ordinario de Impugnación de Paternidad. La prueba biológica, a que se refiere el actual artículo 199 del Código Civil, no es un medio distinto de la prueba pericial, lo que ocurre es que el legislador ha regulado la fuerza probatoria, pero no lo ha constituido como un nuevo medio.

 Recurso de Apelación acogido. Juicio Particional. Artículo 648 del Código de Procedimiento Civil, es un requisito esencial que debe cumplirse en la nominación del actuario, por lo que desde su designación, todas las actuaciones cumplidas por el oficial primero, las suyas propias y las que autorizan las actuaciones del partidor, carecen de eficacia, son nulas.

Recurso de Casación en el Fondo. Sentencia anulada de oficio por el tribunal. Acción de Indemnización de perjuicios. La sentencia carece de consideraciones que le sirven de fundamento, en lo que se refiere a la decisión de acoger la demanda interpuesta, circunstancia ésta que configura el vicio de casación formal contemplado en el Nº5 del artículo 768 del Código.

Recurso de casación en la Forma inadmisible. Juicio Ordinario de Indemnización de perjuicios. Nº 4 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil. Hechos en los que se funda el recurso no constituyen el vicio de la causal invocada.

Recurso de casación en la Forma inadmisible. Juicio ordinario de Indemnización de perjuicios. Artículo 768 Nº5 en relación con el artículo 170 Nº4, ambos del Código de Procedimiento Civil. El vicio alegado no encuadra en la causal que se invoca para fundamentarlo.

Recurso de Casación en el Fondo inadmisible. Juicio ordinario sobre indemnización de perjuicios. El recurso no cumple con lo dispuesto en los artículos 772 y 776 del Código de Procedimiento Civil, es decir, adolece de un grave defecto formal.

Recurso de Casación en el Fondo rechazado y en la Forma inadmisible. Juicio Ordinario de Indemnización de perjuicios. Artículo 768 Nº9 del Código de Procedimiento Civil en relación con los artículos 800 Nº5 y 795 Nº4, ambos del Código ya citado. Manifiesta falta de fundamento.

Recurso de Casación en la Forma y en el Fondo rechazado. Juicio de urbanización. Inciso 1º del artículo 134, de Ley General de Urbanismo y Construcción. La Corte de Casación no puede modificar los hechos que han fijado los magistrados del fondo, en uso de sus atribuciones legales.

Recurso de Casación en el Fondo rechazado. Acción ordinaria de cobro de pesos. Contrato de mantención de áreas verdes. Artículo 1559 del Código Civil. Pago por consignación. El pago que se invoca no ha tenido por efecto el extinguir la obligación que motiva la demanda de autos.

Recurso de Casación en el Fondo inadmisible. Demanda de indemnización de perjuicios. Artículos 399 del Código de Procedimiento Civil y 1713 del Código Civil. No se cumple con la exigencia establecida en el artículo 772 nº1 del precitado Código.

Recurso de Casación en el Fondo acogido. Juicio ordinario de nulidad de contrato. Artículo 1683 del Código Civil. Falta de subinscripción de capitulación matrimonial en Escritura Pública.

Recurso de Casación en el Fondo rechazado. Demanda de indemnización de perjuicios. Artículo 1698 del Código Civil. No se ponderó en debida forma la prueba de los demandados, otorgándole al Informe de la Unidad Técnica de Carabineros una eficacia (sic) que no tiene.

Laboral

Recurso de Casación en el fondo acogido. Juicio laboral de despido injustificado. La legislación laboral actual y vigente a la fecha del despido de la actora no señala que los trabajadores pierden el derecho a reclamar de la causal por el simple hecho de percibir la indemnización.

Recurso de casación la forma y en el fondo rechazados. Juicio laboral, despido injustificado. La modificación de los hechos, según se ha decidido reiteradamente, no es posible efectuarla por medio del recurso intentado, ya que el asentamiento de los presupuestos fácticos, conforme a la valoración de las pruebas rendidas de acuerdo a las reglas de la sana crítica, corresponde a facultades privativas de los jueces de la instancia y no es susceptible, en general, de revisión por este medio, salvo que se hayan desatendido las normas científicas, técnicas, simplemente lógicas o de la experiencia.

Recurso de Apelación. Sentencia invalidad de oficio por el Tribunal. Juicio Laboral. Nulidad de despido o en subsidio, despido injustificado. Se ha omitido un trámite o diligencia esencial, lo que constituye el vicio de casación contemplado en artículo 768 Nº 9 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el artículo 442 del Código del Trabajo.

Recurso de Casación en el Fondo acogido. Juicio Ordinario Laboral. Tercería de Posesión. Infracción al aplicar el tribunal del fondo las normas contenidas en los artículos 455 y 456 del Código del Trabajo para apreciar los medios de prueba acompañados por las partes y no hacerlo a través de las normas del Código de Procedimiento Civil.

 Recurso de Casación en el Fondo. Sentencia anulada de oficio por el Tribunal. Nulidad de despido o despido injustificado. Artículo 64 del Código del Trabajo respecto de la demandada subsidiaria. Fundamentos de la sentencia en cuestión son contradictorias, desde que vierten aseveraciones absolutamente contrapuestas, de manera que se anulan unos con otros.

Recurso de casación en el Fondo rechazado. Juicio Laboral. Despido injustificado y pago de las indemnizaciones. Artículos 160 Nº 3, 455 y 456 del Código del Trabajo y 1698 del Código Civil. Reglas de ponderación de las pruebas.

Recurso de Casación en la Forma y en el Fondo rechazados. Juicio Laboral. La enumeración que hace el artículo 289 del Código del Trabajo, de conductas constitutivas de prácticas antisindicales, no es taxativa, y por ende, pueden darse otras situaciones.

Recurso de Casación en la Forma y en el Fondo rechazados. Juicio Laboral. La enumeración que hace el artículo 289 del Código del Trabajo, de conductas constitutivas de prácticas antisindicales, no es taxativa, y por ende, pueden darse otras situaciones.

 

Administrativo

Recurso de Apelación inadmisible, Reclamo de multa administrativa. En el Título II del Libro V del Código del Trabajo no se contempla el recurso de apelación contra decisión de término.

Recurso de Casación en el Fondo rechazado. Reclamación en contra de la Resolución Nº5 de la Dirección General de Aguas. Artículos 22 y 141, ambos del Código de Aguas. La autoridad constituirá el derecho de aprovechamiento sobre aguas existentes en fuentes naturales y en obras estatales de desarrollo del recurso, no pudiendo perjudicar ni menoscabar derechos de terceros.

Constitucional

Recurso de Protección acogido. Se ha afectado gravemente el derecho y garantía constitucional de dominio contemplado en el Nº 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental por cuanto se desconocen los derechos y expectativas que el contrato de salud y el Convenio de Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas.

Recurso de Protección rechazado. Sistema de acreditación contenido en el Decreto Supremo Nº128 del Ministerio de Salud. Bases elaboradas por el Director del Servicio de Salud de Bío Bío en conformidad a la Ley Nº19.664 y el D.S. Nº128.

Recurso amparo económico acogido. Las autoridades municipales denunciadas incurrieron en infracción a la garantía constitucional del artículo 19 Nº 21 de la Constitución Política de la República, al decretar las clausuras de establecimientos comerciales de playas de estacionamiento.

Comercial

Recurso de casación en la forma declarado inadmisible y casación en el fondo rechazado. Juicio ejecutivo. Prescripción de pagaré. Que el recurso de nulidad formal deberá ser declarado inadmisible puesto que no fue preparado en los términos que exige el artículo 769 del Código de Procedimiento Civil y en cuanto al recurso de casación en el fondo la fecha de vencimiento de pagaré, hecho básico que sustenta la decisión que impugna el recurrente, no puede ser modificado por este tribunal de casación ya que no se ha denunciado la infracción a leyes reguladoras de la prueba que, de ser efectiva, permitan modificarlos, de suerte tal que éste deberá ser rechazado por adolecer de manifiesta falta de fundamento.

Recurso de Apelación rechazado. Juicio de Quiebra. Artículo 2479 del Código Civil. Consignación requerida para asegurar los pagos de los créditos privilegiados de primera clase.

Recurso de Casación en el Fondo rechazado. Empate de votos de la junta extraordinaria. No se aprueba la rendición de cuenta presentada por la administradora. Artículos 1445 Nº2, 1450, 1681 y 1682, todos del Código Civil. La Casación va contra los hechos establecidos por los jueces del fondo.

Procesal

Recurso de casación en el fondo rechazado. Abandono del procedimiento. Que es dable señalar que la sentencia de segundo grado estableció la efectividad de no haberse realizado gestión alguna ante el tribunal a quo para proseguir el procedimiento, mientras se conocían las apelaciones incidentales concedidas en el solo efecto devolutivo, más no la imposibilidad para hacerlo alegada por el recurrente. la casación de fondo se construye contra los hechos del proceso, establecidos por los jueces del fondo, e intenta variarlos, proponiendo otro que, a juicio de la recurrente, estaría probado, sin indicar al respecto el quebrantamiento de leyes reguladoras de la prueba

Penal

 Recurso de Casación en el fondo rechazado. Delito de abusos deshonestos. Cabe anotar la insuficiencia de la causal invocada desde que por ella no sólo se atacan los hechos relativos a la participación, sino que además lo atingente a la existencia de delito, cuestión que determina necesariamente la alegación de una causal de casación sustantiva, y vulneración de derecho entorno a disposiciones del mismo carácter, infracción que en la especie no se ha reclamado.

Recurso de casación en el fondo rechazado. Secuestro y Homicidio. No existencia de un hecho ilícito. Que es necesario invocar la causal sustantiva que acompañe a la establecida en el numeral séptimo del artículo 546 del Código de Procedimiento Penal ya analizada, situación que no ha ocurrido en la especie, desde el momento en que no se invocó ni fundamentó la causal cuarta del artículo 546 del Código citado, acción que a esta Corte no le corresponde efectuar. Respecto de la indemnización civil no existe en la especie fuente de obligación alguna de la que surja el deber de indemnizar, pues aquella nace de la comisión de un delito, cuestión que aquí no se ha establecido.

Recurso de casación en el fondo rechazado. Robo con intimidación. Participación en el delito. Esta Corte ha establecido la impertinencia de la causal primera del artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, cuando se cuestiona la participación del encausado, esto es, cuando se la niega o desconoce, por falta de intervención en el hecho delictivo, ya que dicha causal resulta ser incorrecta como lo ha sostenido la jurisprudencia- desde que ella se concibe sólo sobre la base de reclamar en aquellos casos en que se reconoce la existencia de una participación punible en el delito, pero se argumenta que ella es equivocada, lo cual se desprende claramente del texto legal, en cuanto se refiere a la imposición de una pena más o menos grave, no pudiendo estar vinculada a los supuestos en que la participación se asevera estar completamente excluida.

Recurso de casación en el fondo rechazado. Cuasidelito de lesiones graves. Que resulta evidente que la construcción del recurso se sustenta en la presunta imprudencia del menor lesionado, razonamiento que es contrario a los hechos de la causa, los que son inamovibles para esta Corte, desde que si bien se aduce por el recurrente una errónea valoración de los medios de prueba existentes en el proceso, no alegó que con tal proceder se hubieren infringido las leyes reguladoras de la prueba y no atacó el fallo impugnado por la causal 7° del artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, razonamiento que es bastante para decidir el rechazo del recurso.

Confirma solicitud de desafuero. Voto disidente. Que por efectos de ese sobreseimiento definitivo, que se basa en la falta de capacidad procesal que habilite al imputado para enfrentar un proceso judicial en su contra, resultaría jurídicamente inaceptable que un fallo posterior permita que, en este mismo y único proceso judicial, se haga posible, mediante el procedimiento de desafuero de estos autos, perseguir nuevamente su responsabilidad penal, por todo lo cual la solicitud de desafuero en que ha recaído la resolución apelada resulta improcedente.

Recurso de casación en la forma y el fondo rechazados. Delito de estafa. Que en lo referente al recuso de casación en la forma el recurrente no alegó oportunamente el vicio que denuncia y que hoy es fundamento de la casación en la forma, de modo que este recurso no fue preparado como exige el artículo 769 del Código de Procedimiento Civil, por lo que no se encuentra en condiciones de prosperar y en relación al de fondo el recurrente solo se limitó a enunciar la causal de casación en que sustenta el recurso, por lo que éste no puede ser acogido.

Recurso de casación en el fondo rechazado. Delito previsto en el artículo 9° del Decreto Ley N° 2.695. Que entonces el numeral en que descansa el recurso resulta del todo insuficiente, desde que los presupuestos fácticos que sustentan la pretensión del compareciente, no fluyen de aquellos antecedentes consignados en el fallo, por lo que y al no alegarse el ordinal 7° del artículo 546 del Código de Instrucción Criminal, estos no pueden ser revisados por este Tribunal de Casación, ni aún en relación con la supuesta presunción de dolo que estima opera en la especie, ya que al no concurrir sus presupuestos materiales, los jueces del fondo no pudieron estar en situación de quebrantarla.

Recurso de casación en el fondo rechazado. Cuasidelito de lesiones graves. La alusión amplia y genérica que del precepto (488 Código de Enjuiciamiento Penal) realiza el recurrente, atendido el carácter estricto del recurso de casación, impide a este tribunal determinar, con toda precisión en que consistió el error de derecho que se delata y como influyó en lo dispositivo del fallo, razón por la cual este arbitrio y por el capitulo en estudio, no puede prosperar y que por lo que toca al ordinal 3° del citado artículo 546 del Código Adjetivo Penal se debe concluir que la motivación esgrimida no es idónea al efecto, de suerte que el recurso fundado en este capitulo será también desestimado

Recurso de casación en la forma y en el fondo rechazados. Cuasidelito de lesiones graves. No se ha configurado la causal de casación del artículo 768 N° 4 del Código de Procedimiento Civil y omisión de citar inciso final del artículo 546 del Código de Procedimiento Penal impide a la Corte entrar a emitir pronunciamiento sobre el recurso deducido.

Recurso de Casación en el Fondo. Juicio Criminal. Delitos reiterados de giro doloso de cheques. Sentencia invalidada de oficio por el Tribunal. Resolución de alzada, queda claramente incursa en la motivación contemplada en el literal noveno del artículo 541 del Código Procesal Penal, en relación con el artículo 500, Nº 4º, del mismo ordenamiento, pues no ha sido extendida en la forma dispuesta por la ley.

Recurso de hecho acogido. Cumplimiento incidental de fallo criminal. Incidente de abandono de procedimiento no dado a lugar. Artículos 187 y 203 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho y se concede la apelación.

Recurso de Casación en el Fondo rechazado. Juicio Criminal. Delito de manejo en estado de ebriedad con resultado de muerte. El artículo 110 incisos 1º, 2º, 4º y 10 y 172 nº1 en relación con el artículo 110 inciso 1º, 2º, 4º y 1º de la ley 18.290. Delito exige que haya una perfecta relación de causalidad entre la acción del agente y el resultado de muerte.

Recurso de Casación en la Forma y en el Fondo rechazado. Juicio Criminal. Delito de apropiación indebida de dineros. Artículo 541 Nº9 en relación con el artículo 500 Nº4, ambos del Código de Procedimiento Civil. Recurso se basa en hechos distintos a los sentados por los sentenciadores de fondo, los que han quedado definitivamente establecidos.

Recurso de Casación en el Fondo rechazado. Juicio Criminal. Delito de giro doloso de cheques. Artículos 10 y 22 del D.F.L 707, Ley Sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques. No existe infracción de ley.

Recurso de Casación en el Fondo. Sentencia anulada de oficio por el tribunal. Cuasidelito de lesiones menos graves. Artículo 541 Nº 9 del Código de Procedimiento Penal. Infracción a la disposición del artículo 500 Nº 4 del Código de Procedimiento Penal, la sentencia debe consignar las consideraciones en cuya virtud se dan por probados o no probados los hechos que se atribuyen a los acusados.

Recurso de Casación en el Fondo rechazado. Juicio Criminal. Cuasidelito de homicidio. Artículo 2.314 del Código Civil. Indemnización de todo daño atribuible al hecho ilícito- doloso o culposo-. No se establecieron los elementos de hecho en relación con el pretendido daño moral.

Recurso de Casación en el Fondo rechazado. Juicio Criminal. Delito de apertura y registro de papeles. Artículo 2314 y 2329 del Código Civil. Acciones civiles de indemnización de perjuicios por concepto de daño moral.

Recurso de Casación en el Fondo rechazado. Juicio Criminal. Juicio Criminal. Artículo 546 Nº 7 e inciso final del Código de Procedimiento Penal en relación con el artículo 767 del Código de Enjuiciamiento Civil. Jueces del fondo han efectuado una correcta aplicación de la ley penal.

Recurso de Casación en el Fondo rechazado. Juicio Criminal. Juicio Criminal. Artículo 546 Nº 7 e inciso final del Código de Procedimiento Penal en relación con el artículo 767 del Código de Enjuiciamiento Civil. Jueces del fondo han efectuado una correcta aplicación de la ley penal

 

Wednesday, September 13, 2006

fenomeno blog y empresas

De estos temas y otros hablaremos mañana en Charla en SOFOFA, los blogs y la Empresa.
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Datafull.com - Capital Federal,Argentina
El creciente fenómeno de los splogs (spam + blogs) está tomando tal magnitud que ya empieza a preocupar a la comunidad informática. ...

Todo para el ciberpueblo, por el ciberpueblo
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